Solicitamos su permiso para el uso de cookies en esta web, en cumplimiento del Real Decreto-ley 13/2012.
Si o continúa navegando consideramos que acepta el uso que hacemos de ellas.
Puede obtener más información sobre cookies aquí
Diferencia entre separación, divorcio y nulidad
MENÚ
CERRAR
Diferencia entre separación, divorcio y nulidad
Diferencias entre divorcio, separación y nulidad. ¿Qué supone legalmente cada una de las medidas?
Aunque existe bastante información general en estos apartados, lo cierto es que conviene estar a las circunstancias concretas de cada caso (como casi siempre), a la hora de informar y aconsejar respecto a las ventajas y/o inconvenientes de optar por una nulidad (civil o canónica), divorcio, separación matrimonial o procedimiento de custodia para parejas de hecho con hijos.
Aunque lo más frecuente es optar por el DIVORCIO directamente, que supone una ruptura del vínculo y permite contraer nuevo matrimonio civil con otra persona, en ocasiones se dan determinadas circunstancias, de índole personal o económica, que pueden aconsejar una NULIDAD civil (que vendría a suponer que nunca existió un matrimonio válido), una nulidad eclesiástica (que supondría también defectos en el consentimiento y permitiría contraer nuevo matrimonio por la iglesia), o una SEPARACIÓN, con efectos idénticos al divorcio (vivir separados, custodia de los hijos, pensiones alimenticias o compensatoria, uso del domicilio familiar, disolución del régimen económico matrimonial de gananciales, pérdida del derecho a la legítima del cónyuge viudo en la herencia), salvo que no se entendería completamente roto el vínculo matrimonial de parentesco, y por ello tampoco se podría contraer nuevo matrimonio civil.
En los casos de separación y divorcio conviene aclarar que siempre se conceden por el Juzgado una vez solicitados, y que no dependen de que consienta o no la otra parte. Lo que se discute en estos procedimientos son las medidas o efectos (custodia de hijos, régimen de visitas, uso del domicilio familiar, establecimiento y cuantía de las pensiones alimenticias para hijos y/o compensatoria para el otro cónyuge).
Acude a especialistas, como Abogados Matrimonialistas, para que te ayudemos con todo el proceso y te asesoremos lo mejor para tus intereses.