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La función del contrato de capitulaciones matrimoniales

Mediante el contrato de capitulaciones matrimoniales, los cónyuges establecen, modifican o sustituyen el régimen económico por el cual pueden regir su matrimonio; y también las disposiciones que se otorgaron por razón del mismo.

Mediante el contrato de capitulaciones matrimoniales, los cónyuges establecen, modifican o sustituyen el régimen económico por el cual pueden regir su matrimonio; y también las disposiciones que se otorgaron por razón del mismo.

Aunque no es de obligado otorgamiento, las parejas que deciden realizarlo deben saber que requiere de una serie de formalidades:

– Las capitulaciones matrimoniales se otorgan ante Notario, estableciendo el régimen aplicable al matrimonio.
– Pueden pactarse antes o durante la celebración del matrimonio.
– Su inscripción debe realizarse en el Registro Civil, momento en que tendrá efecto sobre terceras personas.

El régimen económico del matrimonio aplicable es el pactado por las partes mediante las capitulaciones matrimoniales, o en caso de que no se produzca ese pacto, habrá que atender al derecho foral de cada Comunidad Autónoma. Es decir, por lo general el régimen de gananciales es el aplicable por defecto en la mayoría de las comunidades autónomas de España, excepto en Cataluña, Aragón, Baleares, País Vasco y Navarra.