En España, existen varias figuras legales bajo las cuales se puede calificar a una pareja. Cada una de ellas con derechos y deberes particulares, que resultan esenciales conocer antes de tomar cualquier decisión. En esta oportunidad veremos la diferencia entre pareja de hecho y matrimonio. Dos modalidades muy comunes hoy en día bajo las que se rigen muchas uniones.
¿Qué es una pareja de hecho?
Se considera pareja de hecho a la unión estable de dos personas, del mismo o distinto sexo y que se caracteriza por ser una relación pública, en la que ambas personas deciden vivir juntos, tener una vida en común, comparten proyectos en familia, e incluso pueden tener hijos; tal como ocurre en un matrimonio, pero sin que haya un documento firmado.
¿Qué es el matrimonio?
Un matrimonio es la unión legal entre dos miembros de una pareja, que puede ser de carácter civil o religioso, y que, en España, se formaliza mediante la inscripción de matrimonio en el Registro Civil. Esta forma de unión genera una serie de deberes y derechos para los cónyuges.
Diferencia entre Pareja de Hecho y Matrimonio (aspecto legal)
Regulación legal
De acuerdo a las leyes españolas, los matrimonios están regulados por el Código Civil, en el que se establecen tanto los deberes y derechos personales y patrimoniales de los cónyuges. En cambio, las parejas de hecho no cuentan con una ley nacional que los regule, por lo que corresponde a cada comunidad autónoma disponer las normativas que considere importantes para su legalización e inscripción de este tipo de uniones.
Régimen económico
En España, por ley, un matrimonio puede elegir entre varias opciones de regímenes económicos, los más comunes son régimen de gananciales, separación de bienes o participación. Mientras que, en las parejas de hecho no están establecidos regímenes económicos que determinen acuerdos financieros entre los miembros de la pareja. Aunque es posible llegar a convenios entre las partes.
Derechos hereditarios
Cuando uno de los miembros de una pareja fallece, en el caso de estar casados, el sobreviviente tiene derechos sucesorios de forma automática. Por su parte, cuando están unidos como una pareja de hecho, los derechos hereditarios dependen de la legislación de cada comunidad autónoma, ya que no están legalmente establecidos en una normativa nacional.
Fiscalidad
En las uniones matrimoniales está legalmente establecida la posibilidad de realizar declaraciones de impuestos conjuntas en las que tanto los cónyuges como los hijos menores y los mayores incapacitados judicialmente pueden formar la unión familiar. Mientras que en las parejas de hecho, solo uno de los miembros puede incluir a los hijos como unidad familiar, y el otro miembro debe declarar de forma individual.
Derechos y Beneficios Comunes
Obligaciones con los hijos
Tanto para las parejas de hecho como para las que han contraído matrimonio, los derechos y deberes relacionados con los hijos son los mismos. En ambos tipos de pareja, lo relacionado con la patria potestad, la custodia (compartida o exclusiva), régimen de visitas y pensión alimenticia se manejan igual, ya que lo que se prioriza es el interés superior del menor.
Permisos laborales
Las parejas de hecho tienen derecho a gozar de permisos en el trabajo, en caso de maternidad y paternidad. También, cuando uno de los miembros de la pareja fallece, tienen derecho a una licencia laboral. Al registrar la pareja de hecho también pueden disfrutar de algunos de estos permisos.
Asistencia Sanitaria
Otro beneficio que comparten tanto las parejas de hecho como las unidas en matrimonio, es el derecho a la Seguridad Social. En ambos casos, si sólo uno de los miembros de la pareja cotiza la seguridad social, el otro integrante de la pareja tiene derecho a convertirse en beneficiario y a recibir la respectiva asistencia social.
Pensiones y subvenciones
Como mencionamos antes, las parejas de hecho, al momento del fallecimiento de uno de los integrantes, no están amparados bajo una ley nacional, sino que deben regirse por las normativas de la respectiva Comunidad Autónoma. Estas, por lo general, para la pensión de viudedad solicitan mínimo cinco años de convivencia y dos de haber registrado la pareja de hechos, además de un límite en los ingresos mensuales de la pareja viva. Mientras que en parejas casadas, el cónyuge sobreviviente tiene derechos a la pensión sin condiciones.
Lo mismo ocurre al solicitar subvenciones o ayudas para viviendas, ya que cada Comunidad Autónoma tiene sus regulaciones específicas.
Adopción y acogimiento
A pesar de que se entiende que las parejas de hecho pueden adoptar y acoger a menores de edad, al igual que lo pueden hacer los cónyuges, en la práctica resulta más complicado para quienes no están legalmente casados.
Diferencias en la disolución de la unión
Proceso de disolución
Para que se concrete una separación de una pareja casada, se debe hacer una solicitud formal del divorcio. Pero en las parejas de hecho el proceso es más simple, ya que se puede separar la pareja tan solo con un acuerdo mutuo, poniendo fin a la convivencia; o quizás con la intervención de un mediador de familia, sin mayores procedimientos ni asuntos legales de por medio.
Pensiones compensatorias
En casos de separación, lo relacionado con la pensión compensatoria, en los matrimonios está establecido legalmente el procedimiento y cuáles son los derechos del miembro de la pareja que ha quedado en desventaja económica. Sin embargo, en las parejas de hecho no existe tal normativa.
Cómo elegir la mejor opción para tu situación
Factores a considerar
Antes de decidir si formar una pareja de hecho o formalizar la relación por medio del matrimonio, resulta esencial primero tener en cuenta los aspectos personales y deseos de cada uno de los miembros de la pareja.
Luego de esto, hay que considerar los requisitos de cada modalidad, así como los efectos legales que implica para cada miembro de la pareja. Se debe ver desde lo relacionado con los derechos económicos, fiscales, hasta lo que tiene que ver con los hijos y con las pensiones, en caso de separación o fallecimiento de uno de los miembros de la pareja.
Asesoramiento legal
Si existen dudas, es preferible buscar asesoría por parte de un profesional. Los abogados matrimonialistas Salamanca, especializados en derecho familiar, son los indicados para guiar a las parejas que aún no saben si les conviene formar una pareja de hecho o un matrimonio.
Pasos para formalizar cada opción
No hay unos requisitos establecidos para inscribir una pareja de hecho, sino que cada Comunidad Autónoma tiene su respectiva normativa. En general podemos decir que, se requiere que:
- Ambos miembros sean mayor de edad.
- No estar casados (ambos).
- No debe haber parentesco (por lo menos hasta tercer grado de consanguinidad) entre los integrantes de la pareja.
- Documento de identidad o Pasaporte de ambos.
- Certificado de empadronamiento conjunto (Dependiendo de la Comunidad Autónoma). Uno de los miembros de la pareja debe estar residenciado en la localidad donde se realizará la inscripción de la pareja de hecho.
- Acta de divorcio (Si aplica).
- Dos testigos.
- Un período de convivencia que puede variar entre una comunidad autónoma y otra.
Para un matrimonio en España, debes:
- Ser mayor de edad.
- Documento de identidad o pasaporte de ambos.
- Certificado de empadronamiento.
- Constancia del estado civil.
- Certificado de nacimiento.
- Testigos.
- En caso de ser extranjeros, constancia de soltería o capacidad matrimonial, según corresponda.
Comprender la diferencia entre pareja de hecho y matrimonio te permite tomar, junto con tu prometido, una decisión más informada, que signifique la mejor alternativa para ambos así como para los hijos en caso de haberlos, tanto en aspectos personales como en el ámbito económico, de modo que todos estén protegidos y satisfechos.