El objetivo de la liquidación de gananciales es repartir el patrimonio de los cónyuges en partes iguales; esta se tramita tras la disolución del régimen económico por divorcio o separación, o cuando los cónyuges cambian de régimen. Dentro de la liquidación se incluyen los bienes, derechos y deudas que la pareja ha acumulado durante el matrimonio.
Te damos ejemplos prácticos de la liquidación de gananciales para que entiendas mejor cómo funciona.
¿Qué es la liquidación de gananciales?
La liquidación de gananciales es el procedimiento legal mediante el cual se dividen a la mitad los bienes y deudas que forman parte del patrimonio común de los cónyuges, una vez que este régimen ha sido disuelto.
Para comprender el concepto de liquidación de gananciales, es importante entender qué es una sociedad de gananciales. Se trata del régimen económico-matrimonial en el que ambos miembros de la pareja son propietarios de todo por igual, gozan de los mismos derechos y obligaciones sobre los bienes comunes, ingresos y deudas. Esta modalidad es la que rige actualmente en España, por defecto, cuando no se realizó un acuerdo prenupcial con otro acuerdo, como la separación de bienes.
Diferencia entre disolución y liquidación
La disolución y la liquidación son etapas distintas del proceso.
La disolución es el fin del régimen de sociedades de gananciales, ocurre automáticamente por causas legales. Puede ser por divorcio, fallecimiento de uno de los cónyuges, separación judicial o solicitud judicial por causas específicas como quiebra o abandono de la familia. Marca el fin de la comunidad de bienes, pero no implica su reparto automático.
Por su parte, la liquidación es el proceso posterior, consiste en inventariar, valorar y dividir los bienes y deudas comunes. Puede posponerse después de la disolución, que es común en casos de fallecimiento o si los cónyuges acuerdan retrasarla.
Importancia de la liquidación de gananciales
La liquidación de gananciales es una manera de garantizar la división justa y equitativa del patrimonio y de proteger los derechos de los cónyuges en casos de divorcio, separación o muerte de alguno.
También la liquidación de gananciales permite cerrar definitivamente eel vínculo matrimonial y evitar conflictos en el futuro relacionados con la propiedad de los bienes y las deudas.
Procedimiento de liquidación de gananciales
¿Cuándo puede iniciarse?
La liquidación puede iniciarse una vez que se produce la disolución del régimen de gananciales. Esto puede deberse a un divorcio, fallecimiento, separación judicial, abandono del hogar durante más de un año, otras causas judiciales (quiebra, condena por abandono del hogar).
Inventario de bienes y deudas
El primer paso es convenir un inventario de la sociedad de gananciales. En este se incluyen todos los bienes (inmuebles, dinero, vehículos), derechos, obligaciones y deudas que tengan carácter ganancial. Se excluyen todos aquellos bienes de carácter privativo, que pertenezcan en exclusiva solo a uno de los cónyuges.
Los bienes y derechos serán parte del activo y las deudas, obligaciones del pasivo.
Valoración de bienes y activos
Una vez obtenido el inventario, se le debe dar valor económico a todos los elementos que formen parte tanto de los activos como del pasivo. Esta valoración se puede hacer acordando entre ambos cónyuges, usando como referencia el valor de mercado o con las facturas de compra. Para los bienes inmuebles, se puede solicitar la tasación por parte de un profesional.
Pago del pasivo y deudas
Se saldan las deudas, dando prioridad a las alimentarias. La diferencia entre el activo y el pasivo es lo que dará como resultado el valor neto de la sociedad de gananciales y ese excedente será lo que se divida a la mitad entre los cónyuges.
Cuando no se pueda dividir a partes exactamente iguales, quien reciba más deberá compensar a la otra parte por el importe de la diferencia, a través de transferencia de dinero.
¿Se puede hacer ante notario?
La liquidación de gananciales se puede realizar por dos vías: notarial y judicial. Para tramitarla ante un notario, es preciso que las partes estén de acuerdo.
Liquidar este régimen económico ante un notario es más rápido y económico que en un proceso judicial. Se formaliza mediante escritura pública que debe incluir, entre otros aspectos: la causa de disolución de la sociedad, el inventario de activos y pasivos, la valoración de cada bien y deuda, la adjudicación que corresponde a cada cónyuge y si existe compensación económica.
La liquidación notarial se puede realizar dentro de un divorcio o separación, así como cuando los cónyuges cambian de régimen económico y liquidan el anterior.
Modalidades de liquidación
La liquidación de mutuo acuerdo se da cuando ambos cónyuges llegan a un acuerdo y con la representación de un abogado para divorcio en Valladolid o en la región donde residen, se puede hacer el procedimiento de liquidar los bienes.
Si todo está en buenos términos y los puntos claros, es posible la intervención de un solo abogado que represente a ambos cónyuges, siendo la opción más económica. Pero si existe alguna diferencia o conflicto, lo más recomendable es tener un abogado para cada uno.
Mientras que la liquidación contenciosa o por procedimiento judicial ocurre cuando no se han podido llegar a acuerdos entre ambas partes y se hace necesaria la intervención de un juez para hacer el reparto de los bienes. De esta forma, el procedimiento se vuelve más complejo, lento y además representa un gasto mayor.
Está regulado por los artículos 806 al 810 de la LEC.
Ejemplos prácticos: Liquidación de gananciales
Para realizar la liquidación de la sociedad, lo primero es realizar el inventario. Es decir, se identifican los bienes y deudas comunes, y se valoran para calcular el patrimonio neto. El resultado se adjudica a cada cónyuge por mitad.
La fórmula básica para calcular el patrimonio neto es la siguiente:
Patrimonio neto ganancial = Activo ganancial − Pasivo ganancial
Después de obtener el patrimonio neto, se calcula el haber de cada cónyuge. Con frecuencia, uno de los cónyuges recibe bienes por un valor superior al que le corresponde. En ese caso, debe compensar al otro, bien sea mediante dinero o adjudicándole otros bienes.
Liquidación de una vivienda con hipoteca pendiente
Si durante el matrimonio la pareja adquiere una propiedad que utilizan como vivienda familiar, valorada en 180 000 euros, pero deben al banco 40 000 euros de la hipoteca. Además, el mobiliario tiene un valor de 25 000 euros.
Si los aportes fueron a partes iguales, los pasos que se siguen para calcular la liquidación de gananciales son:
Paso 1. Valorar el activo
Vivienda: 180 000 euros.
Mobiliario: 25 000 euros.
Activo total: 205 000 euros.
Paso 2. Restar la deuda pendiente
Hipoteca pendiente: 40 000 euros.
Patrimonio neto: 205 000 – 40 000 = 165 000 euros.
Paso 3. Calcular la mitad de cada cónyuge
Haber de cada cónyuge: 165 000 / 2 = 82 500 euros.
El total que debe recibir cada cónyuge al liquidar la sociedad es 82 500 euros.
Liquidación de una empresa familiar
Si la pareja es propietaria de una empresa o negocio, es importante determinar si es privativa o ganancial. No basta con que esté a nombre de uno de los miembros de la pareja; hay que analizar cuándo se constituyó, con qué fondos se adquirió y si existían aportaciones gananciales.
Supongamos que la pareja fundó una empresa familiar valorada en 235 000 euros y tiene una deuda de 75 000 euros. El valor neto de la empresa familiar es 160 000 euros y le corresponde a cada cónyuge 80 000 euros.
La situación es diferente si la empresa pertenecía a uno de los cónyuges antes del matrimonio, es decir, es privativa. Sin embargo, durante la sociedad de gananciales se emplearon 30 000 euros de dinero común para financiarla. Lo que ocurre en esta situación es que la empresa sigue siendo privativa, pero la sociedad de gananciales podría tener derecho a un reembolso por las aportaciones comunes.
Deudas y préstamos comunes
Las deudas contraídas durante el matrimonio también se incluyen en el inventario. Igual que ocurre con los bienes, hay que determinar si son gananciales o privativos.
Por ejemplo, una pareja tiene un préstamo personal utilizado para reformas de la vivienda familiar con 20 000 euros pendientes. Además, se deben 6000 euros a la tarjeta de crédito utilizada para gastos familiares. Estas deudas pueden tener carácter ganancial, por lo que, al sumarlas, el pasivo común es 26 000 euros.
Ahora, supongamos que uno de los cónyuges tiene una deuda profesional de 12 000 euros. Esta no se incluye automáticamente como deuda ganancial, sino que hay que valorar el origen, la finalidad y el beneficio obtenido por la familia.
Por lo tanto, si el activo de la pareja es de 200 000 euros, el cálculo es el siguiente:
200 000 − 26 000 = 174 000 euros
El haber teórico de cada cónyuge sería entonces de 87 000 euros.
Liquidación de inversiones y ahorros
La pareja tiene un fondo de inversión contratado con dinero en común de 30 000 euros. También tienen una cuenta bancaria en conjunto con un saldo de 5000 euros y acciones de una compañía compradas con dinero común por un valor de 15 000 euros. Aparte, uno de los cónyuges recibió una herencia con la que adquirió bonos por un valor de 10 000 euros.
En este supuesto, formarían parte del activo ganancial:
30 000 + 5000 + 15 000 = 50 000 euros
De manera que el haber ganancial de cada cónyuge sería 25 000 euros.
Los bonos no se incluyen, ya que, al ser adquiridos con dinero de la herencia de uno de los cónyuges, mantienen su carácter privativo.
| Tipo de bien o deuda | ¿Se incluye en la liquidación? | Criterio de valoración | Forma habitual de reparto |
|---|---|---|---|
| Vivienda adquirida con fondos gananciales | Sí | Valor de mercado menos hipoteca pendiente | Adjudicación a uno con compensación o venta y reparto del neto |
| Vivienda privativa con pagos comunes | Puede existir un crédito ganancial | Aportaciones comunes acreditadas y reglas aplicables | Reembolso o compensación |
| Mobiliario familiar | Generalmente sí, si fue adquirido con fondos comunes | Valor pactado o valor razonable actual | Reparto por lotes o compensación económica |
| Empresa creada con recursos comunes | Sí, si tiene carácter ganancial | Valoración del negocio menos deudas computables | Adjudicación a uno con compensación |
| Empresa anterior al matrimonio | No como bien ganancial | Se analiza si hubo aportaciones comunes | La empresa permanece privativa y se reconoce, en su caso, un crédito |
| Cuenta bancaria con ahorros comunes | Sí | Saldo y, cuando proceda, movimientos relevantes | División por mitad o compensación |
| Acciones y fondos adquiridos con dinero común | Sí | Valor a la fecha relevante de la liquidación | Reparto de títulos o adjudicación a uno con compensación |
| Bien recibido por herencia o donación | En principio no | Se acredita su origen privativo | Permanece en el patrimonio del cónyuge beneficiario |
| Préstamo para gastos familiares | Sí, como pasivo ganancial | Capital pendiente y obligaciones asociadas | Se descuenta del activo o se distribuye entre ambos |
| Deuda personal sin beneficio familiar | No necesariamente | Se analiza finalidad y origen | La asume el cónyuge responsable, salvo otra conclusión jurídica |
Aspectos legales en la liquidación de gananciales
Derechos y obligaciones de los cónyuges
Ambos cónyuges tienen derecho a participar en la división de los bienes. Esto implica tener acceso a toda la información y a que el reparto se realice de manera equitativa. También tendrán derecho a solicitar la valoración de los bienes.
Es obligación de ambos contribuir para que el proceso se realice de la mejor manera posible, así como respetar los acuerdos. Además, es su deber cumplir con los pagos de las deudas adquiridas durante el matrimonio.
Legislación y normativa aplicable
La liquidación de gananciales es un procedimiento legal regulado por el Código Civil español en los artículos 1392 a 1410, así como por la Ley de Enjuiciamiento Civil, en los artículos 806 al 810.
El artículo 1396 del Código Civil indica: Disuelta la sociedad se procederá a su liquidación, que comenzará por un inventario del activo y pasivo de la sociedad.
También hay que considerar que algunas comunidades autónomas tienen leyes particulares que modifican o complementan lo indicado en el Código Civil.
Impacto fiscal de la liquidación de gananciales
Impuestos relacionados con la liquidación
La liquidación de gananciales generalmente no genera impuestos si se reparte equitativamente, pero puede haber tributación si hay desequilibrios.
En general, la liquidación de gananciales está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), salvo, en algunos casos, como en exceso de adjudicación.
Mientras que la adjudicación de inmuebles puede tener que pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (ITPAJD) o la plusvalía municipal, dependiendo de la comunidad autónoma. Se debe notificar a Hacienda y es mejor consultar con un experto, ya que las reglas pueden variar según el caso.
Consejos para optimizar la carga fiscal
- Consultar con un abogado especialista en liquidación de gananciales o en tributos.
- Aprovechar exenciones y beneficios fiscales.
- División equitativa de los bienes, puesto que si se generan diferencias, quien tenga mayores ganancias deberá pagar mayores impuestos.
Asesoría legal especializada
Contar con asesoría legal especializada, como nuestros abogados, es la manera de garantizar que la liquidación de gananciales ocurra de manera justa, transparente y equitativa, de modo que se respeten y protejan los derechos de cada uno de los miembros de la pareja.
En resumen, la liquidación de gananciales es el proceso de dividir los bienes y deudas comunes de un matrimonio bajo el régimen de gananciales, regulado principalmente por el Código Civil español. Puede realizarse tras eventos como el divorcio, la muerte de un cónyuge o la separación judicial, siempre que haya acuerdo o se siga un proceso judicial.
Preguntas frecuentes sobre la liquidación de gananciales
¿Cuándo es necesaria la liquidación de gananciales?
Cuando existen bienes y deudas en común dentro de un matrimonio con régimen económico de sociedad de gananciales, y hay una separación legal, un divorcio, fallece alguno de los cónyuges, o en algún punto del matrimonio se desea cambiar al régimen de separación de bienes, entonces se hace necesaria la liquidación de gananciales.
¿Qué pasa si no hay acuerdo en la liquidación?
Se puede optar por la modalidad de liquidación contenciosa, en la que un juez tomará la decisión mediante un procedimiento judicial.
¿Cuánto tarda la liquidación de gananciales?
La liquidación de la sociedad de gananciales depende de varios elementos como la complejidad del patrimonio, la documentación disponible, la valoración de los bienes y la agenda de la notaría; además de si hay acuerdo o no entre la pareja.
Si hay acuerdo, la liquidación puede durar apenas unas semanas. En cambio, si se tramita por vía judicial contenciosa, puede tardar varios años.
¿Cuánto cuesta liquidar la sociedad de gananciales?
No es posible dar una cifra única del coste de la liquidación, ya que depende del valor y del número de bienes. Además, hay que tener en cuenta gastos como honorarios de abogados, gestorías, aranceles, tasaciones, impuestos o autoliquidaciones, entre otros.
¿Qué pasa con la vivienda familiar si hay hijos menores?
Cuando existen hijos menores, la autoridad judicial valora el interés superior de estos. En este caso, el uso puede atribuirse a los hijos y al progenitor que tenga su guarda y custodia, aunque la propiedad se adjudique de otra manera.
Referencias:
- https://planesdefuturo.mapfre.es/economia-domestica/actualidad-economica/disolucion-del-patrimonio-familiar-en-caso-de-divorcio/
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763#art1392
- https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2000-323#cii-16