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Pareja de hecho: Beneficios, Derechos y Diferencias con el Matrimonio

Dos personas que conviven en una relación estable pueden acceder a los beneficios de una pareja de hecho. Este tipo de unión otorga ciertos derechos a ambas personas involucradas, como permisos laborales, la posibilidad de adoptar, subrogación de contrato de alquiler, entre otros; sin embargo, no se equipara al matrimonio. A continuación veremos qué significa ser una pareja de hecho.

¿Qué es una pareja de hecho?

Una pareja de hecho se refiere a la unión estable y pública de dos personas, tanto de distinto o del mismo sexo, que han decidido tener una vida familiar juntos, similar a un matrimonio, pero con la particularidad de que no han firmado un contrato nupcial.

Las parejas de hecho comparten proyectos familiares, conviven y pueden tener hijos.

De igual forma, este tipo de parejas tienen derechos y también deberes en términos personales y patrimoniales. Aunque en España son reconocidas, no existe una ley nacional que las regule, por lo que es menester de cada comunidad autónoma regular las uniones de hecho, de acuerdo a lo que cada localidad o ayuntamiento considere relevante para su debida inscripción y legalización.

¿Qué derechos tiene una pareja de hecho en España?

Derechos laborales y permisos

Las parejas de hecho debidamente inscritas pueden gozar de permisos en el trabajo en casos de que el otro miembro de la pareja se enferme o incluso cuando muera. Por derecho le corresponden días de licencia laboral o días libres que están establecidos en el convenio colectivo.

Al momento de registrar la pareja de hecho, ambos miembros de la pareja podrán disfrutar de 15 días naturales de permiso, de acuerdo al Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio de 2023.

Acceso a la sanidad pública y asistencia médica

Tal como ocurre en el matrimonio, cuando solo uno de los miembros de una pareja de hecho cotiza en la Seguridad Social, el otro puede convertirse en beneficiario, obteniendo así el derecho de recibir asistencia social.

Derechos hereditarios y sucesorios

Tampoco existe en el Código Civil alguna normativa en referencia a los derechos hereditarios y sucesorios cuando existe una pareja de hecho. Algunas comunidades autónomas, como Cataluña, Galicia, Baleares, País Vasco, Navarra y Comunidad Valenciana, han equiparado estos derechos a los de parejas casadas.  Mientras que, en comunidades como Aragón se le otorgan al superviviente algunos derechos sucesoriales.

En el resto de comunidades, no existe legislación específica.

Ventajas fiscales

Como mencionamos antes, las leyes españolas no permiten que las parejas de hecho realicen declaraciones de IRPF conjuntas.  No obstante, es importante consultar en la respectiva comunidad autónoma, ya que algunas han establecido ciertos beneficios fiscales con relación al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Derechos paternofiliales

Entre los derechos de pareja de hecho también se incluye la relación con los hijos en común. En este sentido, se establecen los mismos derechos y deberes que existen en el matrimonio. De igual manera ocurre si llegan a separarse.

Por otra parte, también tienen derecho a adoptar un hijo si así lo desean. Hay que considerar que, si la adopción es fuera de España, las leyes que rigen la materia pueden ser distintas.

Subrogación de contratos

Implica que, en caso de que muera el titular del contrato de alquiler, su pareja puede asumir los derechos y obligaciones sobre el inmueble. Para ello debe cumplir con los requisitos establecidos.

Pensión de viudedad para parejas de hecho

Aunque existe derecho a la pensión de viudedad por parte de la pareja de hecho sobreviviente, este no es absoluto. Se deben cumplir ciertos requisitos para acceder a este beneficio, ya que no es automático como en el matrimonio.

En este caso, la pareja de hecho debe haber cumplido al menos cinco años de convivencia y dos años de haber registrado la pareja de hecho. La convivencia se puede demostrar presentando el certificado de empadronamiento.

Además, el ingreso de la pareja viva no puede superar el límite que establece la Seguridad Social de cada comunidad autónoma. Y la persona fallecida debe haber cumplido con el período de cotización mínimo correspondiente.

Pareja de Hecho Beneficios, Derechos y Diferencias con el Matrimonio

Pareja de hecho vs matrimonio: diferencias clave

Si bien las personas que se registran como pareja de hecho comparten algunos beneficios que también tiene el matrimonio, estas figuras son distintas. Existen algunas diferencias clave que es importante reconocer.

La diferencia principal tiene que ver con el reconocimiento legal. En el caso de una pareja de hecho, este se otorga mediante leyes específicas de cada comunidad autónoma; por ejemplo, la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, que rige esta materia en esa comunidad en específico. En cambio, el matrimonio se rige mediante el Código Civil nacional.

Otras diferencias incluyen:

En las parejas de hecho, el régimen económico por defecto es la separación de bienes; aunque es posible llegar a algunos acuerdos entre ambos, para lo que puedes necesitar un mediador familiar. En el matrimonio, las parejas pueden establecer el régimen económico que deseen.

En el ámbito impositivo, una pareja de hecho no puede realizar declaraciones de impuesto sobre la renta de forma conjunta, debido a que no representan una unidad familiar. A diferencia de las uniones matrimoniales que si pueden.

Respecto a las herencias, cuando uno de los miembros de la pareja de hecho fallece, el otro no tiene derechos sobre la herencia a menos que esté estipulado en el testamento. En el matrimonio, por el contrario, el cónyuge sobreviviente sí tiene derechos legales sobre la herencia.

Si nos referimos a los asuntos relacionados con hijos, los derechos son iguales en cuanto a patria potestad, custodia, pensión alimenticia y régimen de visitas. Por otro lado, en teoría, las parejas de hecho pueden adoptar hijos, al igual que lo hacen las casadas; sin embargo, en la práctica, el trámite puede ser un poco más complicado.

Por otra parte, al momento de la separación de parejas de hecho no existe la obligatoriedad en la ley, en caso de que exista un desequilibrio económico, como ocurre en los matrimonios.  Por lo que, luego de una ruptura, se puede llegar a un acuerdo entre las partes, que derive en el pago de una pensión que compense tal desequilibrio.

Aspecto Pareja de hecho Matrimonio
Reconocimiento legal Regulado por leyes autonómicas Regulado por el Código Civil (ámbito nacional)
Régimen económico Separación de bienes por defecto Libre elección (gananciales, separación, etc.)
Fiscalidad (IRPF) No permite declaración conjunta Permite declaración conjunta
Derechos hereditarios No hay derechos automáticos (requiere testamento) Derechos hereditarios reconocidos por ley
Pensión de viudedad Sí, pero con requisitos más estrictos:

• Inscripción previa o documento público ≥2 años

• Convivencia mínima de 5 años (salvo hijos comunes)

Sí, con acceso más directo:

• Basta acreditar el matrimonio

• Requisitos más claros y uniformes

Extinción / disolución Trámite sencillo:

• Basta con notificar al registro o cesar convivencia

• No requiere proceso judicial obligatorio

Trámite formal:

• Requiere divorcio o separación legal

• Procedimiento judicial o notarial según el caso

Compensación tras ruptura No existe pensión compensatoria automática (puede reclamarse en ciertos casos por vía civil) Puede existir pensión compensatoria si hay desequilibrio económico

Requisitos para registrarse como pareja de hecho

Debido a que no está establecido en el Código Civil cuál es la documentación necesaria para inscribir una pareja de hecho, cada comunidad autónoma tiene sus regulaciones particulares, por lo que los requisitos pueden variar de una a otra.  Sin embargo, en general podemos mencionar lo siguiente.

Documentación necesaria y requisitos

  • Ser mayores de edad.
  • Ninguno de los dos puede estar casado.
  • No debe haber ningún parentesco (al menos hasta tercer grado de consanguinidad) entre los miembros de la pareja.
  • DNI o Pasaporte de ambos.
  • Certificado de empadronamiento conjunto (no en todas las comunidades autónomas).  Al menos uno de los miembros de la pareja debe tener residencia en la localidad donde se va a realizar la inscripción de la pareja de hecho.
  • Si alguno o los dos miembros de la pareja ha estado casado, es necesario presentar el acta de divorcio.
  • Presencia de dos testigos el día que se va a realizar la inscripción.

Tiempo mínimo de convivencia

El período de convivencia mínimo varía de acuerdo a cada comunidad autónoma, en algunas puede ser de uno o dos años, pero recomendamos verificar en cada localidad.

Registro autonómico y municipal

Existen dos tipos de inscripción, y la pareja debe decidir si el trámite se realiza ante un notario o en el registro de parejas de hecho de la comunidad autónoma correspondiente.  La elección va a depender del tiempo del trámite, los costes asociados o de los requisitos y documentación que soliciten.

Ventajas e inconvenientes de cada figura legal

El matrimonio ofrece una protección legal más amplia, la posibilidad de elegir un régimen económico matrimonial, así como asegurar derechos hereditarios y una pensión de viudedad. También, al estar casados, la pareja puede realizar declaraciones de impuestos conjuntas y solicitar permisos laborales, en caso de enfermedad o muerte de la pareja.

Mientras que, en el lado opuesto, nos encontramos con que el proceso de disolución de un matrimonio es más complicado, el proceso legal es más formal y complejo que el de una pareja de hecho.

Adicionalmente, si la pareja casada elige regirse por el régimen de gananciales, las deudas adquiridas en el matrimonio serán responsabilidad de ambos.

En cuanto a la pareja de hecho, una de las principales ventajas es que tanto la inscripción como la disolución de la unión son más sencillas que en el matrimonio, así como hay mayor flexibilidad económica.

Por otra parte, el principal inconveniente que enfrentan las parejas de hecho, es la ausencia de normativas que las regulen de forma general.  Así como, derechos hereditarios y de pensiones, limitados.

Conclusión

Para aquellas parejas que conviven y están pensando en legalizar su unión, es posible que deseen casarse, pero otros quizás solo estén considerando convertirse en una pareja de hecho.  Para tomar la decisión, puedes revisar esta guía o consultar con abogados matrimonialistas Salamanca cuáles son los beneficios y derechos de una pareja de hecho, y sus diferencias con el Matrimonio.

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