En España concurren tres regímenes económicos de bienes matrimoniales: la separación de bienes, la de gananciales y el régimen de participación. Elegidos por ambos cónyuges en capitulaciones matrimoniales de mutuo acuerdo, regirán la vida económica de ambos. En este sentido, hoy explicaremos qué es el régimen económico de separación de bienes matrimonial y cómo se aplica.
¿Qué es el régimen de separación de bienes matrimonial?
La separación de bienes es un régimen económico matrimonial en el que se produce una separación de los patrimonios del marido y la mujer. De modo que cada cónyuge mantiene las propiedades y gestión de los bienes que tuvieran en el momento de contraer el matrimonio y los adquiridos durante el mismo.
En este sentido, la separación de bienes se producirá:
- Cuando ambos lo hubieran convenido.
- Si ambos cónyuges lo pactan en capitulaciones matrimoniales.
- Al momento de extinguirse la sociedad de gananciales o el régimen de participación, exceptuando que por voluntad de los interesados fueran sustituidos por otro régimen distinto.
Aun cuando se haya acordado la separación de bienes, los cónyuges deben contribuir al sostenimiento de las cargas del matrimonio en una proporción acorde a sus respectivos recursos económicos.
Por otra parte, aunque cada cónyuge mantiene libertad sobre su patrimonio, cuando se trata de la enajenación de la vivienda conyugal se necesita la conformidad de ambos.
En cuanto a las deudas, toda obligación contraída por cada cónyuge será de su exclusiva responsabilidad. Pero aquellas obligaciones que fueran contraídas en el ejercicio de la potestad doméstica responderán ambos.
Fundamentos legales
Normativa aplicable
El régimen de separación de bienes en España, en la actualidad se encuentra regulado en el Código Civil, en los artículos del 1435 hasta el 1444.
Principales artículos del Código Civil
En el Código Civil Español, artículo 1435, está establecido cuando aplica el régimen matrimonial por separación de bienes. En el artículo 1437 está establecido que los cónyuges continúan siendo los dueños de sus ingresos y ganancias, tal como ocurría antes de casarse; de igual forma siguen administrando y disponiendo de sus bienes.
Y en el artículo 1440 se expresa lo relacionado con las deudas y obligaciones, quedando claro que son responsabilidad de cada uno de los cónyuges por separado.
A pesar de esto, durante el matrimonio los cónyuges pueden adquirir bienes en conjunto y están obligados a contribuir con las cargas familiares, según el artículo 1438.
Cómo se constituye la separación de bienes
Requisitos formales y procedimiento
La separación de bienes se establece a través de un contrato de capitulaciones que se presenta ante un notario. El mismo se puede presentar antes o después de la boda y debe inscribirse en el registro civil.
Si el régimen económico se presenta después de la boda, se tiene un límite de un año para hacerlo. En caso de que no sea posible la acreditación de los bienes a uno de los dos cónyuges corresponderá a ambos por mitad.
Se recomienda acordar la separación de bienes en aquellos casos en los que uno o ambos cónyuges tenga un patrimonio previo, emprendedores o profesionales con riesgos empresariales, y en segundas nupcias con hijos de relaciones anteriores.
A falta de capitulación matrimonial, el régimen será el de gananciales, acorde al Código Civil español. La excepción a esto son los casos de Cataluña y Baleares, por ejemplo, que por defecto será el de separación de bienes.
Documentación necesaria
- Documento en el que aparezcan aquellas normas que regirán la economía de la pareja. El cual debe ser legalizado en una notaría.
- Presentar el DNI de ambos cónyuges
- Certificado de matrimonio.
- Haber inscrito el matrimonio en el Registro Civil bajo el régimen de separación de bienes.
Gastos implicados
Para realizar el trámite de la separación de bienes se deben asumir los costes notariales, que pueden variar entre los 50-70 euros. También debemos tener en cuenta que en los casos en que sea necesario un abogado, este asesoramiento incrementará el gasto asociado al proceso. Todo va a depender de la complejidad del acuerdo.
Ventajas y desventajas de la separación de bienes
La separación de bienes tiene ventajas importantes como la protección del patrimonio de cada cónyuge. Es decir, que de llegar a producirse un divorcio, cada uno conservará la propiedad de sus bienes.
También significa que tendrán mayor autonomía económica para manejar su patrimonio.
De igual manera, si hay una separación, no es necesario realizar un inventario de los bienes del matrimonio, ni repartirlos de forma equitativa. Lo que significa que el proceso será más rápido y con menos complicaciones.
La separación de bienes también implica algunas desventajas, tales como dificultar la adquisición de bienes en común o dificultades para la gestión de las cargas familiares.
Comparativa con otros regímenes matrimoniales
Aparte de la separación de bienes, existen otros dos regímenes económicos matrimoniales, el de gananciales y el de participación. Veamos la diferencia entre estos y la separación de bienes.
Separación de bienes vs. gananciales
El régimen económico de gananciales implica que los bienes adquiridos durante el matrimonio son compartidos. Esto incluye los inmuebles que se adquieran durante el matrimonio, así como los beneficios económicos obtenidos por el trabajo. Sin embargo, cada cónyuge mantiene la propiedad de los bienes que haya adquirido antes del matrimonio.
El sistema de gananciales es el régimen económico matrimonial más común en España. Y en la mayoría de las comunidades se aplica como un convenio supletorio en caso de que no se haya acordado ningún otro régimen.
En caso de que se produzca la disolución del matrimonio, los bienes gananciales se dividen por igual entre los cónyuges.
Separación de bienes vs. régimen de participación
El régimen de participación se puede tomar como un híbrido entre el convenio de separación de bienes y el de gananciales. La aplicación de este régimen de participación implica que cada cónyuge mantiene su propio patrimonio y tiene la libertad de administrar sus bienes. Pero al término del régimen el cónyuge que ha adquirido mayores ganancias debe compensar al otro.
Para establecer el régimen de participación, este debe acordarse en las capitulaciones matrimoniales.
Escoger entre un régimen económico y otro puede ser complicado. Por tanto, es conveniente buscar la asesoría de abogados matrimonialistas Salamanca que te expliquen en qué consiste cada uno y cuál es el que más te conviene según tu caso.
Efectos en caso de divorcio o fallecimiento
Liquidación del régimen
La liquidación del régimen de separación de bienes, tanto en caso de divorcio como de fallecimiento, resulta más sencillo que el régimen de gananciales, debido a que en el primero no existen bienes comunes a repartir. De igual forma, contar con la asesoría de un abogado sería lo más recomendable.
Reparto de bienes y deudas
Cómo ya hemos mencionado en el régimen de separación de bienes, cada cónyuge es dueño de sus bienes individuales, pero también de la parte de los bienes que adquirieron durante el matrimonio.
Si uno de los cónyuges fallece, la herencia corresponde a los herederos legales. Y en caso de existir régimen de separación de bienes, a la viuda o el viudo no le corresponde heredar bienes de la pareja fallecida.
Aunque es posible, que el cónyuge vivo adquiera el derecho al usufructo viudal, el cual le otorga el derecho a utilizar los bienes que pertenecían al cónyuge fallecido durante un período determinado
Implicaciones fiscales
En cuanto a la declaración de impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), cuando existe un régimen de separación de bienes no se genera una ganancia patrimonial para ninguno de los cónyuges, por lo cual no afecta la declaración del IRPF.
En este tipo de régimen matrimonial no existe pago de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), debido a que no hay traspaso de bienes entre los miembros de la pareja.
Cuando uno de los cónyuges fallece entra en juego la figura del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), ya que, la transmisión de bienes está sujeta a este impuesto.
Para concluir, el régimen económico de separación de bienes matrimonial ofrece a las parejas la posibilidad de mantener su patrimonio personal de forma independiente. Este se establece a través de un contrato notarial que delimita los bienes excluidos de la sociedad.