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Divorcio y pensión de viudedad

La pensión de viudedad es una compensación que se otorga al cónyuge o la pareja de hecho tras el fallecimiento de su esposo o esposa. Para acceder a esta hay que cumplir con una serie de requisitos. Pero qué ocurre con el divorcio y pensión de viudedad. Hoy explicaremos con detalle lo que dice la ley al respecto.

Divorcio y pensión de viudedad

Son numerosas las cuestiones que se suscitan sobre el derecho a la pensión de viudedad cuando se ha producido la separación o el divorcio del matrimonio. ¿Puede haber pensión? ¿Tiene que haber hijos comunes? ¿Debe haberse establecido una pensión compensatoria en Sentencia?

En primer lugar, ha de aclararse que la existencia de sentencia de divorcio o separación judicial no provoca por sí misma la pérdida del derecho a la pensión de viudedad. Sin embargo, el beneficiario separado o divorciado debe cumplir con los requisitos que exige la seguridad social.

La redacción actual de la Ley General de la Seguridad Social pretende aclarar las controversias suscitadas sobre este tema.

Requisitos para acceder a la pensión de viudedad tras un divorcio

Es preciso entender los requisitos que se deben cumplir para acceder a la pensión de viudedad tras un divorcio. Como abogados en Valladolid matrimonialistas.es te ayudamos a comprender los aspectos básicos.

Condiciones del fallecido

En primer lugar, para que el beneficiario sobreviviente pueda tener acceso a la pensión de viudedad, el fallecido debe cumplir algunas condiciones. Estas se resumen en que debe haber estado inscrito en la Seguridad Social al momento del fallecimiento y haber cotizado 500 días dentro de los cinco años anteriores a su defunción.

De no haber estado de alta al momento de su deceso, debe haber cotizado durante 15 años. Sin embargo, aquí se presenta una excepción y es que las personas que hayan fallecido por accidente o enfermedad laboral, no tienen que haber cotizado todo ese período.

En caso de que el fallecido se haya vuelto a casar y haya una concurrencia de beneficiarios, se divide la pensión de viudedad. Para el cálculo del porcentaje se tomará en cuenta el tiempo de convivencia.

Condiciones del divorciado

El sobreviviente, por su parte, también debe cumplir con ciertas condiciones básicas. Los requisitos que ha de cumplir la persona separada o divorciada para tener derecho a pensión de viudedad son:

  • La persona separada o divorciada no puede haber contraído un nuevo matrimonio o
    constituido una pareja de hecho, según los términos previstos en la Ley en el Artículo 221 de la Ley General de la Seguridad Social.
  • La persona separada o divorciada debe ser acreedora de la pensión compensatoria a la que se refiere el artículo 97 del Código Civil. Esta pensión queda extinguida por causa de la muerte del que fuera su cónyuge.

Cómo solicitar la pensión de viudedad

Documentos necesarios y plazos

  • Formulario de Prestaciones de Supervivencia, emitido por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  • Documento de identidad del solicitante, guardador de hecho, curador, defensor judicial, o cualquier persona que figure en la solicitud. Para los españoles DNI y para los extranjeros Tarjeta de Identidad de Extranjero.
  • En caso de actuar como representante, se debe entregar documentación que acredite la representación.
  • Documentación que acredite la emancipación del solicitante menor de edad, en caso de ser necesario.
  • En caso de estar casado con el fallecido, se debe presentar el libro de familia o acta del registro civil, para acreditar el matrimonio y el estado civil actual. En caso de matrimonio realizado en el extranjero debe estar legalizado.
  • En caso de ser pareja de hecho, certificado de inscripción de la pareja en el registro de la comunidad autónoma y el certificado de empadronamiento que acredite la convivencia durante al menos 5 años.
  • Documento que acredite los ingresos, tanto del fallecido como del cónyuge vivo, el año anterior al fallecimiento.
  • Certificado de defunción emitido por el Registro Civil correspondiente

Pasos administrativos a seguir

  1. Acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social o al portal de tu Seguridad social.
  2. Descargar el formulario y llenarlo.
  3. Presentar la solicitud. La cual se puede hacer de tres maneras:
    • En un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). Previa cita
    • A través del correo postal a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de Seguridad Social correspondiente
    • De forma telemática por medio de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Casos especiales en la pensión de viudedad

Además de las condiciones anteriores, la ley establece casos especiales para acceder a la pensión de viudedad tras una separación o divorcio. En estos casos hay una excepción sobre el requisito de la pensión compensatoria. A continuación, los explicamos con más detalle.

Divorcios anteriores a 2008

En el caso de los divorcios o separaciones que ocurrieron antes del 1 de enero de 2008, no se exige que el sobreviviente reciba la pensión compensatoria. Sin embargo, se deben cumplir con los siguientes supuestos establecidos en la ley:

  • El período entre el divorcio o separación y la fecha del fallecimiento del causante de la pensión de viudedad no debe ser mayor a diez años.
  • El matrimonio debe haber tenido una duración mínima de diez años.
  • Tienen hijos comunes del matrimonio.
  • La persona beneficiaria tenga una edad superior a los cincuenta años al momento del fallecimiento.
  • La persona beneficiaria no debe ser deudora de pensión compensatoria.

Las personas mayores a 65 años de edad, que no reciban pensión compensatoria ni otra pensión pública, pueden recibir la pensión de viudedad siempre que el matrimonio haya tenido una duración mínima de quince años. Tampoco deben haber transcurrido diez años entre el divorcio y el fallecimiento.

Víctimas de violencia de género

Por otra parte, las mujeres que acrediten que eran víctimas de violencia de género en el momento de la separación o el divorcio también tienen derecho a la pensión de viudedad, aunque no reciban pensión compensatoria.

Cálculo

El monto de la pensión de viudedad corresponde al 52 % de la base reguladora de la pensión del fallecido. Pero en el caso de que el monto supere al de la pensión compensatoria, se limitará a la cantidad a la que corresponda esta.

Ese monto puede ascender a 60 % si el beneficiario tiene 65 años o más, no recibe ninguna otra pensión ni ingresos por actividad laboral. Tampoco debe disponer de rentas superiores a 7.569,00 euros al año.
Y puede alcanzar el 70 % si tiene cargas familiares y la pensión es la única fuente de ingresos.

Causas de extinción o limitación de la pensión

Nuevas nupcias o convivencia de hecho

Una de las formas en las que se puede perder la pensión de viudedad es cuando se contrae matrimonio nuevamente o constituyen una pareja de hecho. Aunque el INSS contempla una excepción, en la cual el beneficiario debe cumplir con estos tres requisitos:

  1. La pensión de viudedad es su principal y única fuente de ingresos.
  2. Ser mayor de 61 años, o siendo menor, pero que compruebe que tiene alguna discapacidad permanente, absoluta o de gran invalidez.
  3. Tener ingresos anuales del matrimonio o pareja de hecho (incluida la pensión de viudedad) no sean superior al doble del importe del Salario Mínimo Interprofesional.

Falta de cotización o duración mínima del matrimonio

Si la persona fallecida era pensionista, se considera que ha cumplido con todas las cotizaciones. En caso contrario, si la persona estaba dada de alta en el régimen general, debe haber cotizado mínimo 500 días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento o, si no estaba de alta, son necesarios, mínimo 15 años de cotización durante su vida laboral.

El matrimonio debe haberse realizado al menos un año antes del fallecimiento. Aunque este tiempo no es exigido en caso de parejas con hijos en común. De igual forma, en casos en los que la fecha de celebración del matrimonio y la convivencia acreditada (antes del matrimonio) sumen un total de al menos dos años.

Si tienes dudas acerca del divorcio y pensión de viudedad, no dudes en contactar con nuestros abogados especialistas. Estos analizarán tu caso para determinar si tienes derecho a exigir esta compensación.

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